SUBSAHARIANOS EN EL CIE DE MADRID

Se ha presentado en la Agrupación Socialista de Chamberí el informe SUBSAHARIANOS EN EL CIE DE MADRID, elaborado por la asociación KARIBU. El acto de presentación, celebrado el día 8 de octubre, estuvo a cargo de Begoña Santos y Carmen Echevarría, integrantes del grupo de visitas y coautoras del informe.

Estos son algunos datos que recoge el documento:

En 2014 han pasado por el CIE de Madrid 683 personas de origen subsahariano, una cifra inferior a las de años anteriores. Karibu ha visitado a 226, de las que únicamente una era mujer. Las personas visitadas proceden de 27 países diferentes. Senegal, Mali y Nigeria son las nacionalidades más representadas.

La duración media del internamiento ha sido de 35 días, tiempo de estancia que es superior a la de las personas originarias de otros países.

Has solicitado asilo 43 personas, y el 32% de las solicitudes ha sido admitido a trámite. En el CIE de Aluche las personas solicitantes de asilo no están separadas de las que no han solicitado protección internacional. Los internos no reciben información suficiente sobre la posibilidad de solicitar asilo y los cauces para hacerlo, en un idioma para ellos comprensible.

El porcentaje de personas recién llegadas es del 57%., en su mayor parte procedentes de Ceuta y Melilla, de lo que se deduce que este centro se está utilizando para recibir a las personas trasladadas desde las ciudades autónomas. Otro 40% son personas en situación irregular y el 2% de las personas visitadas-cinco casos-por expulsión judicial .Solo el 8% de las personas internadas ha sido detenido en la Comunidad de Madrid.

Solamente ha sido expulsado el 22% de las personas visitadas. En contraposición a los datos oficiales, el 74% de las personas acompañadas fue puesto en libertad y el 22% expulsado.

El Reglamento no contempla recursos para que las personas puestas en libertad puedan regresar a sus lugares de arraigo o residencia, por lo que las ONG han de dedicar parte de sus presupuestos a pagar esos gastos de transporte.

Se han producido 8 vuelos colectivos de repatriación a Mali, 7 a Senegal y 13 a Nigeria. No suelen recibirse quejas por malos tratos en los vuelos comerciales, pero si en los vuelos colectivos de deportación.

En marzo de 2014 fue aprobado el Reglamento, sin  que se constaten grandes mejoras prácticas. Continúa dándose el internamiento de forma abusiva de personas que no pueden ser expulsadas, por falta de cooperación de sus consulados  o embajadas o por proceder de un país en que su vida peligra, lo que contraviene la finalidad del CIE.

Las condiciones de habitabilidad no son adecuadas. Pese a la baja ocupación, los internos no llegan a tener el espacio mínimo prescrito. Los servicios sanitarios están subcontratados con Clínica Madrid, sin que se haya aplicado aún el Reglamento en cuanto a que el servicio ha de estar bajo la responsabilidad de un médico de la Administración General del Estado. No se ha establecido una enfermería para personas que no precisen hospitalización, pero sea necesario que están separadas.

En marzo de 2014 fue aprobado el Reglamento, sin  que se constaten grandes mejoras prácticas. Continúa dándose el internamiento de forma abusiva de personas que no pueden ser expulsadas, por falta de cooperación de sus consulados  o embajadas o por proceder de un país en que su vida peligra, lo que contraviene la finalidad del CIE.

Las condiciones de habitabilidad no son adecuadas. Pese a la baja ocupación, los internos no llegan a tener el espacio mínimo prescrito. Los servicios sanitarios están subcontratados con Clínica Madrid, sin que se haya aplicado aún el Reglamento en cuanto a que el servicio ha de estar bajo la responsabilidad de un médico de la Administración General del Estado. No se ha establecido una enfermería para personas que no precisen hospitalización, pero sea necesario que están separadas.

En marzo de 2014 fue aprobado el Reglamento, sin  que se constaten grandes mejoras prácticas. Continúa dándose el internamiento de forma abusiva de personas que no pueden ser expulsadas, por falta de cooperación de sus consulados  o embajadas o por proceder de un país en que su vida peligra, lo que contraviene la finalidad del CIE.

Las condiciones de habitabilidad no son adecuadas. Pese a la baja ocupación, los internos no llegan a tener el espacio mínimo prescrito. Los servicios sanitarios están subcontratados con Clínica Madrid, sin que se haya aplicado aún el Reglamento en cuanto a que el servicio ha de estar bajo la responsabilidad de un médico de la Administración General del Estado. No se ha establecido una enfermería para personas que no precisen hospitalización, pero sea necesario que están separadas.

Las comunicaciones se realizan a través de una vitrina que se abre sólo para facilitar el saludo; están limitadas a 30 minutos, y en verano, una hora. Un dato positivo: se han instalado nuevas cabinas de teléfono. En 2014 no estaba autorizado el uso de móvil o Internet; el uso de móvil está autorizado desde 1 de julio de 2015 por un auto judicial.

El 53% de las personas visitadas desconoce el castellano; en caso de que, además, no hable inglés o francés, otro interno suele actuar como intérprete, o se acude a un programa informático de traducción, con la importancia que presenta esta limitación del servicio de interpretación en la atención sanitaria o jurídica.

No se cubren las necesidades de ropa y calzado, recurriéndose a las ONG para que suplan esa carencia. La alimentación no es buena, pero como novedad positiva es de destacar que se atienden las necesidades de los musulmanes durante el Ramadán.

No existen actividades de ocio o formativas.

Abierto el coloquio, las intervenciones se refirieron, entre otras, a las siguientes cuestiones:

La necesidad de exigencia de responsabilidades a quienes autoricen abusos.

Las causas del incumplimiento-o demora en su implantación- del Reglamento.

El papel que deban desempeñar las asociaciones de apoyo a la inmigración en la gestión de los centros, y la necesidad de que sea el Estado quien asuma la responsabilidad, toda vez que no se trata de caridad sino de derechos.

La inadecuación de los CIES para los fines para los que fueron creados y que pretenden justificar su existencia, puesto que el número de personas expulsadas desde los mismos es insignificante en relación con el número de inmigrantes en situación irregular y el abuso que se realiza de la institución, al ingresar personas que no pueden ser expulsadas.

Los modelos alternativos que pudieran implantarse para realizar la función que se supone que los CIES cumplen, con especial referencia a la legislación de otros países europeos.

La relevancia de los CIES para la asociación de inmigración y delincuencia, contribuyendo a crear ciudadanos de segunda categoría.

Finalmente, la dificultad del papel que corresponde a las Embajadas en España de estados africanos, a las que se pide que certifiquen sin documentación que lo acredite la nacionalidad de los detenidos, para facilitar su expulsión.

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